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Permisos de residencia – Abogados en Panama

Nuestra Filosofía: Bufete Illueca | Abogados en Panama, está comprometido con usted, para diseñarle y brindarle el mejor servicio migratorio.

MUDARSE A PANAMÁ, TRABAJAR E INVERTIR…

Si usted es extranjero y desea inmigrar temporal o permanentemente y residir legalmente en Panamá, somos los asesores migratorios que usted necesita contactar.

Nuestra experiencia en el área migratoria, es tan amplia que podemos ofrecerle el mejor servicio basado en 30 años de exitosa y responsable práctica migratoria.

El Servicio Migratorio diseñado por Bufete Illueca cumple con los siguientes objetivos:

Sepa usted que en Panamá a partir del 2,008, se aprobaron importantes cambios en el régimen migratorio panameño. Como resultado tenemos un complejo sistema de visas y residencias que establecen los requisitos y procedimientos para aplicar a las distintas opciones migratorias, de allí la importancia de conocer muy bien el sistema de visados, a fin de que usted se beneficie con el tipo de residencia al cual usted debe de aplicar, conforme a sus necesidades y a su capacidad de poder generar la documentación que se requiere.

A manera de resumen podemos indicarle que existen tres categorías migratorias en Panamá o clases de visas y residencias, básicas que le permiten ingresar y permanecer en nuestro país:

I– Las Visas

II– Las Residencias Temporales y

III– Las Residencias Permanentes

I-Las Visas
Las visas para Panamá se solicitan para efectos de estadías cortas en el país; cuando usted necesite estar por un período que no exceda de los 9 meses ya sea por razones de trabajo, estudio o para visitar familiares.

II-Las Residencias Temporales
Existen cerca de 20 sub-clasificaciones de residencias temporales en Panamá que se vinculan con el factor trabajo y negocios. Estas residencias se otorgan por un año y se pueden renovar hasta por 6 años; algunas de ellas al sexto año de su renovación conceden la residencia permanente.

Existen cerca de 20 tipos de residencias temporales, las cuales se vinculan con el factor trabajo y negocios. Dependiendo de su caso y de los requisitos a cumplir le recomendamos el tipo de residencia que más le convenga a sus necesidades.

III- Las Residencias Permanentes
Las residencias permanentes se conceden a los extranjeros que deseen residir en forma definitiva en nuestro país y se otorgan en virtud de que el extranjero:

Veamos brevemente cada una de estas sub-categorías:

Si contrae matrimonio con panameño (a): Obtiene al tercer año su residencia permanente. Este tipo de residencia ofrece importante ventajas y facilita el procedimiento de naturalización.

Nota: Es importante advertir que conforme a la nueva normativa migratoria, si se llega a comprobar que el matrimonio se ha realizado con el propósito de aplicar a una residencia, la autoridad migratoria podrá cancelar la misma.

Si usted Invierte en Panamá
En materia de Inversiones, las visas para inversionistas en Panamá, se clasifican bajo los siguientes rubros y montos:

Dependiendo del monto, el área y la forma como usted desee hacer la Inversión, estamos en capacidad de indicarle cual es su mejor opción.

Si está Jubilado o Pensionado ya sea por un ente público o privado, como requisito básico se requiere que la pensión que usted recibe, sea por un mínimo de $1,000.00 mensuales y que provenga de fuente extranjera.

Esta residencia presenta importantes atractivos que van desde la introducción de un automóvil cada 3 años para su uso personal, sin tener que pagar impuestos, hasta descuentos en materia de servicios públicos y privados.

Se recomienda aplicar a esta residencia por las importantes ventajas que presenta.

Para accesar a nuestros servicios legales, tenga la amabilidad de contactar a nuestro personal del Departamento de Migración.