El Consejo Municipal de la provincia de Panamá aprobó un periodo de moratoria para el pago de los tributos municipales a partir del 15 de agosto y hasta el 30 de noviembre de 2022.
Esta moratoria implica que, durante este plazo de tiempo, los contribuyentes podrán cancelar la totalidad de la deuda o hacer arreglos de pago, sin tener que pagar recargos e intereses.
En ambos escenarios se les exonerará el 100% de los recargos e intereses que genere el estado de cuenta.
Los contribuyentes que deseen hacer arreglos de pago, se regirán por la siguiente tabla:
Deuda a partir de: | y hasta | % de abono inicial | # de Letras |
B/.100.00 | B/.300.00 | 40% | 2 |
B/.300.01 | B/.1,000.00 | 35% | 3 |
B/.1,000.01 | B/.5,000.00 | 30% | 6 |
B/.5,000.01 | B/.10,000.00 | 25% | 9 |
B/.10,000.01 | B/.15,000.00 | 20% | 12 |
B/.15,000.01 | En adelante | 15% | 18 |
¿Quiénes NO pueden aplicar a esta exoneración?
- Las personas naturales o jurídicas que han establecidos negocios o empresas que han omitido comunicarlo.
- Los contribuyentes que mantengan Declaraciones Juradas pendientes de presentación o arreglos de pago activos a la fecha.
En Bufete Illueca, como firma de abogados referente en Panamá, estamos en plena capacidad de asistirle para que aproveche los beneficios económicos de aplicar a esta moratoria municipal.
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