Contratación de Personas con Discapacidad en el Sector Privado: Un deber y un derecho

A partir de la Aprobación de la Ley No.15 de 31 de mayo de 2016, por medio de la cual se modificó la Ley No.42 del 27 de agosto de 1999 “Que Establece la Equiparación de Oportunidades para las Personas Con Discapacidad” se estableció la obligación para las empresas  privadas de contratar personal con discapacidad.

En específico el artículo 51 señala que: “toda empresa privada que tenga de veinticinco a cincuenta trabajadores deberá tener dentro de su fuerza laboral un mínimo de una Persona con Discapacidad. La empresa que tenga más de cincuenta trabajadores deberá tener una proporción no menor de 2% de trabajadores con discapacidad”.

Esta obligación aplica a todas las empresas del sector privado de Panamá, independientemente de cuál sea su actividad. También están sujetas a dicho cumplimiento las empresas ubicadas en zonas francas o especiales.

Por otro lado, el artículo 45 de la referida Ley, señala la multa por incumplimiento:  “Las empresas que se nieguen a contratar y/o mantener el 2% del personal con discapacidad, debidamente calificado para trabajar, estarán obligadas a aportar al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral una suma igual al salario mínimo por cada persona dejada de contratar, durante todo el tiempo que dure su renuencia.”

El cumplimiento de dicha norma se verifica mediante inspección del MITRADEL, por lo que los funcionarios del Ministerio al llegar a la empresa solicitaran la planilla y verificaran que la empresa cumple con el porcentaje de discapacitados contratados. De lo contrario se da un plazo de 30 días para subsanar la omisión.

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral informo a través de un comunicado informativo, que a la fecha ha inspeccionado a más de 25 empresas a nivel nacional con el objetivo de verificar el cumplimiento de la Ley N°15 de 31 de mayo de 2016. https://www.mitradel.gob.pa/mitradel-verifica-la-contratacion-de-personas-con-discapacidad-en-comercios/.

Dentro del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral se ha implementado el Programa de mejoramiento a la empleabilidad de personas con discapacidad, para brindar orientación a las empresas. https://www.mitradel.gob.pa/programa-mejoramiento-la-empleabilidad-las-personas-discapacidad/

Recomendamos a las empresas verificar el cumplimiento de la normativa existente en materia de equiparación de oportunidades para las personas con discapacidades, y de ser necesario solicitar la asesoría legal correspondiente para su implementación.

Para más información puede escribirnos a anacarolina@illueca.com o epifanio@illueca.com.

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