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¿Por qué son calificadas como defectuosas las escrituras por el registro?

Publicado 4 min de lectura
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  • Que descalifica una minuta de Segregación:       a) las diferencias entre las minutas y los planos ;     b) debido a que los planos no se encuentran inscritos en el Registro; c) por errores cuando estas minutas son copiadas o levantadas en la Escritura; d) las medidas y linderos de los lotes no concuerdan con los planos presentados; e) planos sin sellos del MIVI o Catastro; f) por morosidad en el pago de tasa única de alguna de las sociedades parte de la transacción, g) por falta de certificación del secretario de la sociedad y de refrendo de un abogado
  • Que descalifica una minuta de Cancelación: a) errores en los datos del representante del Banco;     b) errores en la descripción de la transacción cuando se hace referencias a escrituras anteriores;
  1. c) errores en la comparecencia de el Banco en cuanto a sus datos regístrales o de su apoderado.
  2. d) por falta de certificación del secretario de la sociedad y de refrendo de un abogado
  • Cuando la Comparecencia descalifica una Escritura: a) cuando no se escriben bien los nombres de las sociedades conforme a los datos que constan inscritos en el Registro, b) por no escribir correctamente los nombres de las personas naturales conforme a su cédula de identidad personal o pasaporte; c) cuando los nombres de las personas no concuerdan con los datos inscritos en el Registro; d) cuando no se ingresan correctamente los datos de el Banco y de su apoderado conforme a los datos inscritos en el Registro; e) cuando comparece un extranjero cuyo idioma natal no es el español y no se hace referencia a que el mismo no necesito interprete por hablar y entender el español; f) por morosidad en el pago de tasa única de alguna de las sociedades parte de la transacción g) por falta de certificación del secretario de la sociedad y de refrendo de un abogado
  • Que descalifica una minuta de Compraventa:   a) cuando los datos de inscripción o las cédulas de los propietarios de los bienes dados en garantía no concuerdan con los datos que consta en el Registro Publico; b) cuando se utiliza la palabra condominio en vez de P.H; c) cuando el que firma la certificación de paz y salvo de cuotas de mantenimiento no es la persona inscrita en el Registro como administrador del edificio; d) las cantidades no concuerdan entre el numero y la letra. Esto no detiene la Escritura pero si puede afectar los intereses del Banco; e) por falta de certificación del secretario de la sociedad y de refrendo de un abogado   f) por morosidad en el pago de tasa única de alguna de las sociedades parte de la transacción
  • Que descalifica un Acta:    a) Cuando los dignatarios (presidente y secretario) dentro de las actas no concuerdan con las que constan inscritos en el registro y no se mencionan que son ad-hoc o la causa de su no comparecencia. b) cuando no se escriben bien los nombres de las sociedades conforme a los datos que constan inscritos en el Registro, c) por no contarse con información actualizada       en cuanto a los integrantes de la Junta Directiva; d) por falta de certificación del secretario de la sociedad y de refrendo de un abogado f)       por morosidad en el pago de tasa única de alguna de las sociedades parte de la transacción
  • Que descalifica una garantía de un bien inmueble:  a) Los datos incorrectos en la identificación de la finca a darse en hipoteca o de su propietario, b) por datos incorrectos en los nombres de las de las personas naturales o jurídicas que actúen como vendedores o compradores;       c)   por tener la finca a darse en hipoteca, asientos inscritos o pendientes de inscripción; d) por falta de certificación del secretario de la sociedad y de refrendo de un abogado e)       por morosidad en el pago de tasa única de alguna de las sociedades parte de la transacción

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