Bufete Illueca Abogados

El reconocimiento del Estado de Palestina

El 29 de noviembre de 2012, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la resolución 67/19 que otorga al Estado de Palestina el estatus de Estado observador no miembro de la organización mundial. Dicha resolución fue aprobada con 138 votos a favor, 41 abstenciones y 9 votos en contra, incluyendo la negativa panameña. Cinco años más tarde, Panamá, al menos de forma implícita, ha extendido su reconocimiento al Estado de Palestina.

Me refiero a reconocimiento de Estado pues desde el 2012, la práctica panameña ha ido evolucionando. En un Comunicado Oficial (29/11/2012) explicando el voto panameño en la resolución 67/19, nuestra Cancillería hizo referencia a la Autoridad Nacional Palestina (ANP) y no al Estado de Palestina. Igualmente, en una nota de prensa (04/12/2012) del mismo año que abordaba una reunión bilateral entre el Embajador de Israel y el Vicecanciller de Panamá se hizo mención a la Autoridad Palestina, sin utilizar el término Estado. En septiembre de 2013 se anunció, luego de una reunión bilateral entre Cancilleres de Panamá y Palestina, que la “Autoridad Palestina” abriría una oficina comercial en Panamá.

A inicios de la actual administración, la Vicepresidente y Canciller, Isabel De Saint Malo, enfatizó en que Panamá buscaría reconocer “de alguna manera” al Estado Palestino. En este sentido, es necesario recordar que el reconocimiento de Estado es una institución del derecho internacional que consiste en un acto unilateral y soberano tendiente a hacer constar la existencia de otro Estado. Panamá en materia de reconocimiento de Estados se adhiere a la teoría declarativa (ver Convención de Montevideo, artículo 3, y Carta de la OEA, artículo 13). Dicha teoría sostiene que la existencia política del Estado es independiente de su reconocimiento por los demás Estados y que una entidad para constituirse en Estado debe cumplir con los siguientes elementos: población permanente, territorio determinado, gobierno y capacidad de entrar en relaciones con los demás Estados. Es decir que el reconocimiento por parte de otros Estados no es más que una declaración de una condición preexistente. Consecuentemente, es preciso analizar con sumo cuidado el lenguaje utilizado por Panamá y sus actuaciones vis-a-vis Palestina pues, al considerarse desde una perspectiva estrictamente jurídica, dicho lenguaje y actuaciones pueden constituirse en un reconocimiento implícito.

Durante este Gobierno el lenguaje relativo a Palestina ha sido sujeto de importantes cambios. Por ejemplo, en una reunión entre Cancilleres sostenida en Panamá, el Ministro de Relaciones Exteriores de Palestina, Riad Al Malki, solicitó al gobierno panameño considerar el reconocimiento del Estado de Palestina y el establecimiento de relaciones diplomáticas. La redacción de la nota de prensa sobre el encuentro bilateral (11/8/2014) es muy cuidadosa al referirse a Palestina y a la delegación, evitando utilizar el término Estado. Sin embargo, durante el 31° periodo de sesiones ordinarias del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la Canciller Saint Malo sostuvo una reunión bilateral con el Ministro de Relaciones Exteriores de Palestina. En la nota de prensa de Cancillería (28/2/2016) que relata dicho encuentro, se señala que ambos dignatarios “manifestaron el interés de estrechar las relaciones entre ambos estados, para lo cual se valoró la posibilidad de la apertura de una Oficina de Representación de Palestina en Panamá” (nótese la referencia a Palestina y no a la ANP, y el uso del término Estados para referirse a Panamá y Palestina). Por último, es necesario destacar la “visita oficial” que realizó el Presidente Varela a su “homólogo” palestino, Mahmud Abás. En una nota de prensa conjuntamente publicada por la Presidencia y la Cancillería panameña, se califica a Abás como el “Jefe de Estado Palestino”. Además, la nota hace eco del llamado del Presidente Varela a una “solución negociada, relativa a la creación de dos estados viables e independientes que convivan en armonía” poniendo como prioridad el derecho internacional.

En resumen, basándonos en el derecho internacional, Panamá ya extendió su reconocimiento al Estado de Palestina. Igualmente, es importante resaltar que el Presidente Varela ya reafirmó que Panamá no mudará su misión diplomática a Jerusalén. Corresponde, entonces, definir la posición de Panamá respecto a los territorios Palestinos ocupados, a los asentamientos, al estatus de Jerusalén y qué fronteras aspira que sean reconocidas por ambos Estados (¿’47, ’67 o alguna otra?).