Trabajador remoto o Nómada digital: una visa de residencia especial

Panamá crea Visa para Nómadas Digitales

Por medio del Decreto Ejecutivo No. 198 del 7 de mayo de 2021, la República de Panamá ha creado dentro de la categoría migratoria de No Residente, la Visa de Corta Estancia como Trabajador Remoto para aquellos nómadas digitales que le apuntan a nuevos destinos para trabajar de forma remota.

¿Qué condiciones debe reunir?

  • Tener contrato como operativo de una empresa extranjera de carácter transnacional o sea un trabajador autónomo, en la modalidad teletrabajo.
  • Sus funciones surtan efectos en el extranjero.
  • Recibir sus ingresos provenientes de fuente extranjera y con un monto anual no menor de treinta y seis mil dólares ($36,000) o su equivalente en moneda extranjera.

Los requisitos más significativos son los siguientes:

  1. Póliza de seguro médico con cobertura a nivel nacional
  2. Certificación o constancia de existencia de la empresa extranjera del lugar donde se encuentre registrada.
  3. Carta de responsabilidad de la empresa contratante
  4. Declaración Jurada
  5. Certificación bancaria
  6. Certificado de antecedentes penales de su país de origen o residencia

Beneficios

  • Una vez aprobada, el trabajador remoto tendrá derecho de laborar en la modalidad de teletrabajo en todo el territorio nacional sin requerir trámite adicional u obtener permiso de otra entidad estatal.

Vigencia

  • Tendrá una duración de 9 meses prorrogables solo una vez por el mismo periodo.

Para más información contactar a gdiaz@illueca.com o info@illueca.com

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