Visas especiales que se aplican para la Fundación Ciudad del Saber

Mediante el Decreto Ley N°6 de 10 de febrero de 1998, el Órgano Ejecutivo aprobó “El Contrato entre el Estado y la Fundación Ciudad del Saber para el Establecimiento y Desarrollo de la Ciudad del Saber”. La Ciudad del Saber tiene como propósito la promoción y establecimiento de centros de investigación e innovación en el campo científico, tecnológico, humanístico y cultural, de transferencia de conocimientos para su uso en actividades productivas (parques tecnológicos) y de programas, procurando niveles de excelencia en cada rama de actividad.

El artículo sexto de dicho Decreto estable que el Estado Panameño concederá Visas Especiales al personal extranjero que ingrese al país para coadyuvar al desarrollo de la Ciudad del Saber, espacialmente a los   investigadores, educadores y técnicos; el cónyuge e hijo dependientes de ellos y estudiantes

Con el propósito de darle cumplimiento a lo establecido en el citado artículo sexto, se firmó un Acuerdo entre la Dirección de Migración y la Fundación Ciudad del Saber, el 26 de abril de 1999., el cual establece el procedimiento y los requisitos aplicables para la tramitación y obtención de visas amparadas por la Fundación Ciudad del Saber.

A   Ingreso al Territorio Nacional. La Fundación Ciudad del Saber le hará llegar a la Dirección Nacional de Migración y Naturalización del Ministerio de Gobierno y Justicia, el listado de las personas que ingresarán al país ya sea como Investigadores, educadores, empresarios, técnicos estudiantes.

En caso de que algún ciudadano extranjero de los antes mencionados (Investigadores, educadores, empresarios, técnicos y estudiantes), requieran de Visa Estampada o Visa Autorizada para ingresar al país, se deberá hacer la respectiva solicitud por el mismo conducto, es decir la Fundación Ciudad del Saber hará la solicitud (Formulario debidamente completado, adjuntando certificación de la Fundación).

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