Dos Gobiernos, Un Estado, ¿qué hacer?

Desde el momento en que Juan Guaidó se juramentó como Presidente encargado de Venezuela, el país suramericano vive una situación atípica en el derecho internacional: dos gobiernos pretenden representar a un solo Estado. Actualmente, la comunidad internacional permanece dividida en tres grupos: los que reconocen a Guaidó, los que mantienen el reconocimiento a Nicolás Maduro y quienes aun no toman una decisión. Panamá decidió reconocer a Guaidó, pero hasta el momento no ha ofrecido una hoja de ruta clara ni sus líneas de acción. El presente escrito propone algunas medidas que Panamá podría tomar y advierte sobre los riesgos de otras acciones.

  1. Llevar el asunto al foro adecuado: la Organización de Estados Americanos. A nivel universal no existe una norma que obligue a los Estados a adoptar una forma de gobierno determinado (ver Caso Nicaragua, Corte Internacional de Justicia). El estándar internacional aplicable para el reconocimiento de gobiernos es el del control efectivo del territorio, la obediencia de la población y la disposición de cumplir con los compromisos internacionales. Es necesario recordar que Venezuela, en la figura de Maduro, ocupa la presidencia pro témpore del Movimiento de Países No Alineados que, con 120 miembros, constituye un bloque fuerte dentro de las Naciones Unidas. Lo anterior, junto con el apoyo de China y Rusia, le permite a Venezuela dificultar cualquier acción en su contra en la ONU. No obstante, en América sí se estableció que la democracia es la forma de gobierno regional, mediante la Carta Democrática Interamericana. Este instrumento contempla medidas para hacer frente a las alteraciones del orden constitucional o democrático de un Estado, incluyendo su suspensión de la OEA. Por esto, Panamá debe solicitar la aplicación de la Carta, ya sea suspendiendo a Venezuela o acreditando al representante de Guaidó.
  2. Referir la situación a la Corte Penal Internacional. Un grupo importante de Estados latinoamericanos han referido la situación en Venezuela a la fiscalía de la Corte Penal Internacional. Existen reportes que evidencian la comisión sistemática o generalizada de ejecuciones sumarias, desapariciones forzadas y actos de tortura por parte del régimen de Maduro. Urge que Panamá, como Estado parte del Estatuto de Roma, considere unirse a este grupo de Estados y refiera la situación en Venezuela a la Corte.
  3. Activar los mecanismos regionales y universales de protección de los Derechos Humanos. Si bien la democracia no es una norma universal, los derechos humanos sí gozan de este carácter. Por esto es importante activar los mecanismos universales y regionales disponibles. Por ejemplo, Panamá pudiese denunciar a Venezuela ante el Comité de expertos de la Convención de la ONU contra la Tortura, por violaciones a este tratado (ver artículo 21 de la Convención y Declaración de Venezuela de abril de 1994). Igualmente, Panamá podría solicitar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, en base a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada (artículos XIII y XIV), investigue los reportes de desaparecidos.
  4. Adoptar sanciones ‘inteligentes’ y multilaterales. El reconocimiento a Guaidó no es garantía de que Maduro entregará el poder. Por ello es necesario contemplar la adopción de medidas adicionales contra el régimen como las sanciones ‘inteligentes’ que incluyan el congelamiento de fondos, así como la prohibición de viajar a la cúpula del régimen y sus allegados. Esto implica no tomar medidas que afecten a la población, incluyendo la imposición de visados, y poner a disposición del pueblo venezolano la asistencia humanitaria necesaria.
  5. Retirar a nuestros agentes diplomáticos. Panamá debería aplicar el Decreto 364 y proceder al retiro de nuestros agentes diplomáticos de Venezuela, solicitando lo propio a Maduro. Su permanencia en Venezuela, ante una eventual ruptura de relaciones diplomáticas, los expone a riesgos innecesarios.

Es necesario advertir sobre los peligros inherentes a cualquier medida de fuerza, tal como lo ilustra el caso de Gambia. En 2016, las elecciones presidenciales de Gambia desencadenaron una crisis política. El Presidente en funciones, Yahya Jammeh, quien había gobernado por 22 años, perdió la contienda electoral contra Adama Barrow, reconoció los resultados, pero se reusó a entregar el poder. Subsecuentemente, Barrow sería juramentado en la Embajada de Senegal y autorizaría la entrada de tropas de la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental, lo que forzó a Jammeh al exilio. Dichas acciones se encuentran dentro un área gris del derecho internacional denominada ‘intervención por consentimiento’ que algunos interpretarían como una agresión. Venezuela no es Gambia, por lo que cualquier medida de fuerza deberá cumplir con lo que establece la ley internacional.

La situación que atraviesa Venezuela es sumamente compleja. Por lo tanto, las acciones que tome Panamá deben se parte de un plan consensuado y multilateral. En este sentido, el derecho internacional y los derechos humanos ofrecen una hoja de ruta clara para hacer frente a la crisis.

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