Bufete Illueca Abogados

Panamá y la República Popular China

El establecimiento de relaciones diplomáticas con la República Popular China constituye la decisión más transcendental del Estado panameño en materia de política exterior del Siglo XXI.

 

El Presidente Varela y su cancillería, bajo la dirección de la señora Vicepresidente de la República, Isabel De Saint Malo de Alvarado, actuaron en armonía con los artículos 4 y 184 ordinal 9 de la Constitución Nacional, mereciendo el reconocimiento de los núcleos humanos de todas las latitudes, particularmente de 174 miembros de la Organización de las Naciones Unidas, a los cuales se suman importantes sectores no gubernamentales representativos de la sociedad civil panameña.

 

La decisión presidencial rompe con 46 años de incumplimiento por parte de la República de Panamá, con la Resolución 2758 (XXVI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 1971, de expulsar de la Organización Mundial al régimen de Chiang Kai-Chek refugiado en Tai Pei, a la vez que dispuso restaurarle todos sus derechos a la República Popular China, reconociendo a los representantes del gobierno de Beijing, como los únicos representantes legítimos de China en las Naciones Unidas.

 

No existen razones históricas, ni culturales, ni económicas, ni políticas para la que Panamá no haya establecido hasta ahora, relaciones diplomáticas con la República Popular China, transcurridos 18 años, contados desde el 31 de diciembre de 1999, cuando Panamá asumió el control de la vía interoceánica.

 

Antes de esa fecha, una decisión de esa naturaleza hubiese exacerbado los ánimos de los círculos ultraconservadores de los Estados Unidos de América, y con ello también se hubiesen podido malograr las negociaciones y el período de transición para la ejecución de los tratados del Canal de 1977.

 

En la época de la post-guerra fría en que Panamá mantenía relaciones diplomáticas y consulares con la Federación de Rusia y otros países de Europa Oriental, resultaba anacrónico que no tuviese igualmente relaciones diplomáticas con la China Continental.

 

No tenemos derecho a olvidar, por otra parte, el apoyo que la República Popular China le dio a nuestro país en el curso de la reunión que celebró el Consejo de Seguridad en nuestra capital del 15 al 21 de marzo de 1973, cuando votó a favor de la Resolución de ese principal órgano político de las Naciones Unidas, en favor de las reivindicaciones panameñas referentes al Canal de Panamá y a sus zonas adyacentes.

 

Igualmente, tampoco debemos olvidar la significación que tiene el hecho de que la República Popular China le hubiese permitido a Panamá mantener abierto su Consulado General en Hong Kong, territorio revertido a la soberanía de ese país el 1 de julio de 1997, fecha en que terminaron 156 años de dominio colonial británico.

Desde hace más de cuatro décadas el Estado panameño estaba comprometido a establecer relaciones diplomáticas con la República Popular China, tanto por las exigencias de la globalización que no hace nada desdeñable un mercado de no menos de mil trescientos noventa millones de personas en un país que representa  el 18.4% de la Humanidad, que es hoy por hoy la economía en crecimiento más pujante en el mundo, así como por el peso político que tiene dicho país como miembro permanente del Consejo de Seguridad con derecho a veto y como potencia nuclear.

 

 

 

 

* El autor es Abogado y Profesor de Derecho Internacional